Según la Fiscalía, estos cheques habrían sido “depositados en cuentas personales de los imputados” y posteriormente “egresaron para beneficio de personas naturales y jurídicas” vinculadas al exalcalde capitalino.
Además, la acusación indica que una parte del dinero “fue desviado para financiar campañas políticas, cubrir gastos no oficiales de la alcaldía; pagar tarjetas de crédito de Asfura y sus descendientes, y realizar compras personales, como joyas”.
Según las investigaciones del Ministerio Público, entre 2017 y 2018 se desvió este dinero a través de “la emisión de 32 cheques” a nombre de Nasry Asfura, Cinthia Borjas y Nilvia Castillo y solicitados al banco administrador del fideicomiso de la alcaldía capitalina bajo la justificación de “fondos rotatorios, fondos especiales y reembolsos de gastos”.
Según la Fiscalía, estos cheques habrían sido “depositados en cuentas personales de los imputados” y posteriormente “egresaron para beneficio de personas naturales y jurídicas” vinculadas al exalcalde capitalino.
Además, la acusación indica que una parte del dinero “fue desviado para financiar campañas políticas, cubrir gastos no oficiales de la alcaldía; pagar tarjetas de crédito de Asfura y sus descendientes, y realizar compras personales, como joyas”.
Estas personas enfrentan cargos por presunta malversación de fondos públicos y lavado de activos, por un monto que asciende a 28 millones de lempiras de la alcaldía capitalina.
Según las investigaciones del Ministerio Público, entre 2017 y 2018 se desvió este dinero a través de “la emisión de 32 cheques” a nombre de Nasry Asfura, Cinthia Borjas y Nilvia Castillo y solicitados al banco administrador del fideicomiso de la alcaldía capitalina bajo la justificación de “fondos rotatorios, fondos especiales y reembolsos de gastos”.
Según la Fiscalía, estos cheques habrían sido “depositados en cuentas personales de los imputados” y posteriormente “egresaron para beneficio de personas naturales y jurídicas” vinculadas al exalcalde capitalino.
Además, la acusación indica que una parte del dinero “fue desviado para financiar campañas políticas, cubrir gastos no oficiales de la alcaldía; pagar tarjetas de crédito de Asfura y sus descendientes, y realizar compras personales, como joyas”.
Estas personas enfrentan cargos por presunta malversación de fondos públicos y lavado de activos, por un monto que asciende a 28 millones de lempiras de la alcaldía capitalina.
Según las investigaciones del Ministerio Público, entre 2017 y 2018 se desvió este dinero a través de “la emisión de 32 cheques” a nombre de Nasry Asfura, Cinthia Borjas y Nilvia Castillo y solicitados al banco administrador del fideicomiso de la alcaldía capitalina bajo la justificación de “fondos rotatorios, fondos especiales y reembolsos de gastos”.
Según la Fiscalía, estos cheques habrían sido “depositados en cuentas personales de los imputados” y posteriormente “egresaron para beneficio de personas naturales y jurídicas” vinculadas al exalcalde capitalino.
Además, la acusación indica que una parte del dinero “fue desviado para financiar campañas políticas, cubrir gastos no oficiales de la alcaldía; pagar tarjetas de crédito de Asfura y sus descendientes, y realizar compras personales, como joyas”.
La Corte de Apelaciones también declaró la nulidad de todas las actuaciones realizadas a partir de la audiencia de declaración de imputado de Asfura y demás acusados, incluyendo Cinthia Borjas, Mario Zerón, Rony López, Wilmer Rodríguez, Roger Ramírez y Óscar Uriarte.
Asimismo, invalidó la resolución dictada por un juez penal que, en octubre, había otorgado medidas sustitutivas a la prisión para los imputados.
Caso Tito Asfura
Estas personas enfrentan cargos por presunta malversación de fondos públicos y lavado de activos, por un monto que asciende a 28 millones de lempiras de la alcaldía capitalina.
Según las investigaciones del Ministerio Público, entre 2017 y 2018 se desvió este dinero a través de “la emisión de 32 cheques” a nombre de Nasry Asfura, Cinthia Borjas y Nilvia Castillo y solicitados al banco administrador del fideicomiso de la alcaldía capitalina bajo la justificación de “fondos rotatorios, fondos especiales y reembolsos de gastos”.
Según la Fiscalía, estos cheques habrían sido “depositados en cuentas personales de los imputados” y posteriormente “egresaron para beneficio de personas naturales y jurídicas” vinculadas al exalcalde capitalino.
Además, la acusación indica que una parte del dinero “fue desviado para financiar campañas políticas, cubrir gastos no oficiales de la alcaldía; pagar tarjetas de crédito de Asfura y sus descendientes, y realizar compras personales, como joyas”.
Este nombramiento se produjo después de que la Corte de Apelaciones declinara su competencia al determinar que Nilvia Castillo, una de las acusadas, es diputada del Parlamento Centroamericano (Parlacen) y debe ser procesada bajo un procedimiento especial para altos funcionarios, conforme a la supremacía constitucional.
La Corte de Apelaciones también declaró la nulidad de todas las actuaciones realizadas a partir de la audiencia de declaración de imputado de Asfura y demás acusados, incluyendo Cinthia Borjas, Mario Zerón, Rony López, Wilmer Rodríguez, Roger Ramírez y Óscar Uriarte.
Asimismo, invalidó la resolución dictada por un juez penal que, en octubre, había otorgado medidas sustitutivas a la prisión para los imputados.
Caso Tito Asfura
Estas personas enfrentan cargos por presunta malversación de fondos públicos y lavado de activos, por un monto que asciende a 28 millones de lempiras de la alcaldía capitalina.
Según las investigaciones del Ministerio Público, entre 2017 y 2018 se desvió este dinero a través de “la emisión de 32 cheques” a nombre de Nasry Asfura, Cinthia Borjas y Nilvia Castillo y solicitados al banco administrador del fideicomiso de la alcaldía capitalina bajo la justificación de “fondos rotatorios, fondos especiales y reembolsos de gastos”.
Según la Fiscalía, estos cheques habrían sido “depositados en cuentas personales de los imputados” y posteriormente “egresaron para beneficio de personas naturales y jurídicas” vinculadas al exalcalde capitalino.
Además, la acusación indica que una parte del dinero “fue desviado para financiar campañas políticas, cubrir gastos no oficiales de la alcaldía; pagar tarjetas de crédito de Asfura y sus descendientes, y realizar compras personales, como joyas”.
Este jueves trascendió que Corte Suprema de Justicia (CSJ) nombró al magistrado Milton Jiménez Puerto como juez natural para conocer el requerimiento fiscal contra Nasry Asfura y otros implicados en el caso de corrupción.
Este nombramiento se produjo después de que la Corte de Apelaciones declinara su competencia al determinar que Nilvia Castillo, una de las acusadas, es diputada del Parlamento Centroamericano (Parlacen) y debe ser procesada bajo un procedimiento especial para altos funcionarios, conforme a la supremacía constitucional.
La Corte de Apelaciones también declaró la nulidad de todas las actuaciones realizadas a partir de la audiencia de declaración de imputado de Asfura y demás acusados, incluyendo Cinthia Borjas, Mario Zerón, Rony López, Wilmer Rodríguez, Roger Ramírez y Óscar Uriarte.
Asimismo, invalidó la resolución dictada por un juez penal que, en octubre, había otorgado medidas sustitutivas a la prisión para los imputados.
Caso Tito Asfura
Estas personas enfrentan cargos por presunta malversación de fondos públicos y lavado de activos, por un monto que asciende a 28 millones de lempiras de la alcaldía capitalina.
Según las investigaciones del Ministerio Público, entre 2017 y 2018 se desvió este dinero a través de “la emisión de 32 cheques” a nombre de Nasry Asfura, Cinthia Borjas y Nilvia Castillo y solicitados al banco administrador del fideicomiso de la alcaldía capitalina bajo la justificación de “fondos rotatorios, fondos especiales y reembolsos de gastos”.
Según la Fiscalía, estos cheques habrían sido “depositados en cuentas personales de los imputados” y posteriormente “egresaron para beneficio de personas naturales y jurídicas” vinculadas al exalcalde capitalino.
Además, la acusación indica que una parte del dinero “fue desviado para financiar campañas políticas, cubrir gastos no oficiales de la alcaldía; pagar tarjetas de crédito de Asfura y sus descendientes, y realizar compras personales, como joyas”.
Este jueves trascendió que Corte Suprema de Justicia (CSJ) nombró al magistrado Milton Jiménez Puerto como juez natural para conocer el requerimiento fiscal contra Nasry Asfura y otros implicados en el caso de corrupción.
Este nombramiento se produjo después de que la Corte de Apelaciones declinara su competencia al determinar que Nilvia Castillo, una de las acusadas, es diputada del Parlamento Centroamericano (Parlacen) y debe ser procesada bajo un procedimiento especial para altos funcionarios, conforme a la supremacía constitucional.
La Corte de Apelaciones también declaró la nulidad de todas las actuaciones realizadas a partir de la audiencia de declaración de imputado de Asfura y demás acusados, incluyendo Cinthia Borjas, Mario Zerón, Rony López, Wilmer Rodríguez, Roger Ramírez y Óscar Uriarte.
Asimismo, invalidó la resolución dictada por un juez penal que, en octubre, había otorgado medidas sustitutivas a la prisión para los imputados.
Caso Tito Asfura
Estas personas enfrentan cargos por presunta malversación de fondos públicos y lavado de activos, por un monto que asciende a 28 millones de lempiras de la alcaldía capitalina.
Según las investigaciones del Ministerio Público, entre 2017 y 2018 se desvió este dinero a través de “la emisión de 32 cheques” a nombre de Nasry Asfura, Cinthia Borjas y Nilvia Castillo y solicitados al banco administrador del fideicomiso de la alcaldía capitalina bajo la justificación de “fondos rotatorios, fondos especiales y reembolsos de gastos”.
Según la Fiscalía, estos cheques habrían sido “depositados en cuentas personales de los imputados” y posteriormente “egresaron para beneficio de personas naturales y jurídicas” vinculadas al exalcalde capitalino.
Además, la acusación indica que una parte del dinero “fue desviado para financiar campañas políticas, cubrir gastos no oficiales de la alcaldía; pagar tarjetas de crédito de Asfura y sus descendientes, y realizar compras personales, como joyas”.
Además, indicaron que el debate sobre posibles hechos delictivos relacionados con la gestión de fondos excede el marco del proceso de privación de dominio.
La Corte destacó que el Ministerio Público no dirigió adecuadamente su prueba hacia los bienes asegurados ni hacia las causales invocadas, lo que calificaron como una falla en la tramitación del proceso.
Designación de juez natural
Este jueves trascendió que Corte Suprema de Justicia (CSJ) nombró al magistrado Milton Jiménez Puerto como juez natural para conocer el requerimiento fiscal contra Nasry Asfura y otros implicados en el caso de corrupción.
Este nombramiento se produjo después de que la Corte de Apelaciones declinara su competencia al determinar que Nilvia Castillo, una de las acusadas, es diputada del Parlamento Centroamericano (Parlacen) y debe ser procesada bajo un procedimiento especial para altos funcionarios, conforme a la supremacía constitucional.
La Corte de Apelaciones también declaró la nulidad de todas las actuaciones realizadas a partir de la audiencia de declaración de imputado de Asfura y demás acusados, incluyendo Cinthia Borjas, Mario Zerón, Rony López, Wilmer Rodríguez, Roger Ramírez y Óscar Uriarte.
Asimismo, invalidó la resolución dictada por un juez penal que, en octubre, había otorgado medidas sustitutivas a la prisión para los imputados.
Caso Tito Asfura
Estas personas enfrentan cargos por presunta malversación de fondos públicos y lavado de activos, por un monto que asciende a 28 millones de lempiras de la alcaldía capitalina.
Según las investigaciones del Ministerio Público, entre 2017 y 2018 se desvió este dinero a través de “la emisión de 32 cheques” a nombre de Nasry Asfura, Cinthia Borjas y Nilvia Castillo y solicitados al banco administrador del fideicomiso de la alcaldía capitalina bajo la justificación de “fondos rotatorios, fondos especiales y reembolsos de gastos”.
Según la Fiscalía, estos cheques habrían sido “depositados en cuentas personales de los imputados” y posteriormente “egresaron para beneficio de personas naturales y jurídicas” vinculadas al exalcalde capitalino.
Además, la acusación indica que una parte del dinero “fue desviado para financiar campañas políticas, cubrir gastos no oficiales de la alcaldía; pagar tarjetas de crédito de Asfura y sus descendientes, y realizar compras personales, como joyas”.
En su análisis, los magistrados señalaron que no tienen competencia para evaluar la gestión de los fondos de la alcaldía municipal, presuntamente manejados de forma indebida según la tesis del Ministerio Público, ya que este aspecto no está vinculado directamente con las causales de privación de dominio ni con los bienes asegurados.
Además, indicaron que el debate sobre posibles hechos delictivos relacionados con la gestión de fondos excede el marco del proceso de privación de dominio.
La Corte destacó que el Ministerio Público no dirigió adecuadamente su prueba hacia los bienes asegurados ni hacia las causales invocadas, lo que calificaron como una falla en la tramitación del proceso.
Designación de juez natural
Este jueves trascendió que Corte Suprema de Justicia (CSJ) nombró al magistrado Milton Jiménez Puerto como juez natural para conocer el requerimiento fiscal contra Nasry Asfura y otros implicados en el caso de corrupción.
Este nombramiento se produjo después de que la Corte de Apelaciones declinara su competencia al determinar que Nilvia Castillo, una de las acusadas, es diputada del Parlamento Centroamericano (Parlacen) y debe ser procesada bajo un procedimiento especial para altos funcionarios, conforme a la supremacía constitucional.
La Corte de Apelaciones también declaró la nulidad de todas las actuaciones realizadas a partir de la audiencia de declaración de imputado de Asfura y demás acusados, incluyendo Cinthia Borjas, Mario Zerón, Rony López, Wilmer Rodríguez, Roger Ramírez y Óscar Uriarte.
Asimismo, invalidó la resolución dictada por un juez penal que, en octubre, había otorgado medidas sustitutivas a la prisión para los imputados.
Caso Tito Asfura
Estas personas enfrentan cargos por presunta malversación de fondos públicos y lavado de activos, por un monto que asciende a 28 millones de lempiras de la alcaldía capitalina.
Según las investigaciones del Ministerio Público, entre 2017 y 2018 se desvió este dinero a través de “la emisión de 32 cheques” a nombre de Nasry Asfura, Cinthia Borjas y Nilvia Castillo y solicitados al banco administrador del fideicomiso de la alcaldía capitalina bajo la justificación de “fondos rotatorios, fondos especiales y reembolsos de gastos”.
Según la Fiscalía, estos cheques habrían sido “depositados en cuentas personales de los imputados” y posteriormente “egresaron para beneficio de personas naturales y jurídicas” vinculadas al exalcalde capitalino.
Además, la acusación indica que una parte del dinero “fue desviado para financiar campañas políticas, cubrir gastos no oficiales de la alcaldía; pagar tarjetas de crédito de Asfura y sus descendientes, y realizar compras personales, como joyas”.
En su análisis, los magistrados señalaron que no tienen competencia para evaluar la gestión de los fondos de la alcaldía municipal, presuntamente manejados de forma indebida según la tesis del Ministerio Público, ya que este aspecto no está vinculado directamente con las causales de privación de dominio ni con los bienes asegurados.
Además, indicaron que el debate sobre posibles hechos delictivos relacionados con la gestión de fondos excede el marco del proceso de privación de dominio.
La Corte destacó que el Ministerio Público no dirigió adecuadamente su prueba hacia los bienes asegurados ni hacia las causales invocadas, lo que calificaron como una falla en la tramitación del proceso.
Designación de juez natural
Este jueves trascendió que Corte Suprema de Justicia (CSJ) nombró al magistrado Milton Jiménez Puerto como juez natural para conocer el requerimiento fiscal contra Nasry Asfura y otros implicados en el caso de corrupción.
Este nombramiento se produjo después de que la Corte de Apelaciones declinara su competencia al determinar que Nilvia Castillo, una de las acusadas, es diputada del Parlamento Centroamericano (Parlacen) y debe ser procesada bajo un procedimiento especial para altos funcionarios, conforme a la supremacía constitucional.
La Corte de Apelaciones también declaró la nulidad de todas las actuaciones realizadas a partir de la audiencia de declaración de imputado de Asfura y demás acusados, incluyendo Cinthia Borjas, Mario Zerón, Rony López, Wilmer Rodríguez, Roger Ramírez y Óscar Uriarte.
Asimismo, invalidó la resolución dictada por un juez penal que, en octubre, había otorgado medidas sustitutivas a la prisión para los imputados.
Caso Tito Asfura
Estas personas enfrentan cargos por presunta malversación de fondos públicos y lavado de activos, por un monto que asciende a 28 millones de lempiras de la alcaldía capitalina.
Según las investigaciones del Ministerio Público, entre 2017 y 2018 se desvió este dinero a través de “la emisión de 32 cheques” a nombre de Nasry Asfura, Cinthia Borjas y Nilvia Castillo y solicitados al banco administrador del fideicomiso de la alcaldía capitalina bajo la justificación de “fondos rotatorios, fondos especiales y reembolsos de gastos”.
Según la Fiscalía, estos cheques habrían sido “depositados en cuentas personales de los imputados” y posteriormente “egresaron para beneficio de personas naturales y jurídicas” vinculadas al exalcalde capitalino.
Además, la acusación indica que una parte del dinero “fue desviado para financiar campañas políticas, cubrir gastos no oficiales de la alcaldía; pagar tarjetas de crédito de Asfura y sus descendientes, y realizar compras personales, como joyas”.
La resolución inicial había determinado “sin lugar” la acción de privación definitiva del dominio promovida por el Ministerio Público respecto a bienes pertenecientes a Nasry Juan Asfura Zablah, Cinthia Elizabeth Borjas Valenzuela, Nilvia Ethel Castillo Cruz, Wilmer Gerardo Rodríguez López y Oscar Rolando Uriarte Romero.
Asimismo, se ordenó la revocación de las medidas de aseguramiento sobre dichos inmuebles.
Argumentos de la Corte
En su análisis, los magistrados señalaron que no tienen competencia para evaluar la gestión de los fondos de la alcaldía municipal, presuntamente manejados de forma indebida según la tesis del Ministerio Público, ya que este aspecto no está vinculado directamente con las causales de privación de dominio ni con los bienes asegurados.
Además, indicaron que el debate sobre posibles hechos delictivos relacionados con la gestión de fondos excede el marco del proceso de privación de dominio.
La Corte destacó que el Ministerio Público no dirigió adecuadamente su prueba hacia los bienes asegurados ni hacia las causales invocadas, lo que calificaron como una falla en la tramitación del proceso.
Designación de juez natural
Este jueves trascendió que Corte Suprema de Justicia (CSJ) nombró al magistrado Milton Jiménez Puerto como juez natural para conocer el requerimiento fiscal contra Nasry Asfura y otros implicados en el caso de corrupción.
Este nombramiento se produjo después de que la Corte de Apelaciones declinara su competencia al determinar que Nilvia Castillo, una de las acusadas, es diputada del Parlamento Centroamericano (Parlacen) y debe ser procesada bajo un procedimiento especial para altos funcionarios, conforme a la supremacía constitucional.
La Corte de Apelaciones también declaró la nulidad de todas las actuaciones realizadas a partir de la audiencia de declaración de imputado de Asfura y demás acusados, incluyendo Cinthia Borjas, Mario Zerón, Rony López, Wilmer Rodríguez, Roger Ramírez y Óscar Uriarte.
Asimismo, invalidó la resolución dictada por un juez penal que, en octubre, había otorgado medidas sustitutivas a la prisión para los imputados.
Caso Tito Asfura
Estas personas enfrentan cargos por presunta malversación de fondos públicos y lavado de activos, por un monto que asciende a 28 millones de lempiras de la alcaldía capitalina.
Según las investigaciones del Ministerio Público, entre 2017 y 2018 se desvió este dinero a través de “la emisión de 32 cheques” a nombre de Nasry Asfura, Cinthia Borjas y Nilvia Castillo y solicitados al banco administrador del fideicomiso de la alcaldía capitalina bajo la justificación de “fondos rotatorios, fondos especiales y reembolsos de gastos”.
Según la Fiscalía, estos cheques habrían sido “depositados en cuentas personales de los imputados” y posteriormente “egresaron para beneficio de personas naturales y jurídicas” vinculadas al exalcalde capitalino.
Además, la acusación indica que una parte del dinero “fue desviado para financiar campañas políticas, cubrir gastos no oficiales de la alcaldía; pagar tarjetas de crédito de Asfura y sus descendientes, y realizar compras personales, como joyas”.
En su fallo, el tribunal de alzada declaró “no ha lugar” los recursos de apelación presentados por la Fiscalía y la Procuraduría General de la República (PGR), ratificando así la sentencia emitida el 12 de diciembre de 2023 por el Juzgado de Letras de Privación de Dominio de Bienes de Origen Ilícito con Jurisdicción Nacional.
La resolución inicial había determinado “sin lugar” la acción de privación definitiva del dominio promovida por el Ministerio Público respecto a bienes pertenecientes a Nasry Juan Asfura Zablah, Cinthia Elizabeth Borjas Valenzuela, Nilvia Ethel Castillo Cruz, Wilmer Gerardo Rodríguez López y Oscar Rolando Uriarte Romero.
Asimismo, se ordenó la revocación de las medidas de aseguramiento sobre dichos inmuebles.
Argumentos de la Corte
En su análisis, los magistrados señalaron que no tienen competencia para evaluar la gestión de los fondos de la alcaldía municipal, presuntamente manejados de forma indebida según la tesis del Ministerio Público, ya que este aspecto no está vinculado directamente con las causales de privación de dominio ni con los bienes asegurados.
Además, indicaron que el debate sobre posibles hechos delictivos relacionados con la gestión de fondos excede el marco del proceso de privación de dominio.
La Corte destacó que el Ministerio Público no dirigió adecuadamente su prueba hacia los bienes asegurados ni hacia las causales invocadas, lo que calificaron como una falla en la tramitación del proceso.
Designación de juez natural
Este jueves trascendió que Corte Suprema de Justicia (CSJ) nombró al magistrado Milton Jiménez Puerto como juez natural para conocer el requerimiento fiscal contra Nasry Asfura y otros implicados en el caso de corrupción.
Este nombramiento se produjo después de que la Corte de Apelaciones declinara su competencia al determinar que Nilvia Castillo, una de las acusadas, es diputada del Parlamento Centroamericano (Parlacen) y debe ser procesada bajo un procedimiento especial para altos funcionarios, conforme a la supremacía constitucional.
La Corte de Apelaciones también declaró la nulidad de todas las actuaciones realizadas a partir de la audiencia de declaración de imputado de Asfura y demás acusados, incluyendo Cinthia Borjas, Mario Zerón, Rony López, Wilmer Rodríguez, Roger Ramírez y Óscar Uriarte.
Asimismo, invalidó la resolución dictada por un juez penal que, en octubre, había otorgado medidas sustitutivas a la prisión para los imputados.
Caso Tito Asfura
Estas personas enfrentan cargos por presunta malversación de fondos públicos y lavado de activos, por un monto que asciende a 28 millones de lempiras de la alcaldía capitalina.
Según las investigaciones del Ministerio Público, entre 2017 y 2018 se desvió este dinero a través de “la emisión de 32 cheques” a nombre de Nasry Asfura, Cinthia Borjas y Nilvia Castillo y solicitados al banco administrador del fideicomiso de la alcaldía capitalina bajo la justificación de “fondos rotatorios, fondos especiales y reembolsos de gastos”.
Según la Fiscalía, estos cheques habrían sido “depositados en cuentas personales de los imputados” y posteriormente “egresaron para beneficio de personas naturales y jurídicas” vinculadas al exalcalde capitalino.
Además, la acusación indica que una parte del dinero “fue desviado para financiar campañas políticas, cubrir gastos no oficiales de la alcaldía; pagar tarjetas de crédito de Asfura y sus descendientes, y realizar compras personales, como joyas”.
La Corte de Apelaciones en materia de Criminalidad Organizada, Medio Ambiente y Corrupción, resolvió, por unanimidad de votos, mantener la decisión de no proceder a la privación de dominio de bienes inmuebles vinculados al exalcalde del Distrito Central, Nasry ‘Tito’ Asfura, y otras cuatro personas acusadas de corrupción, informó el Poder Judicial.
En su fallo, el tribunal de alzada declaró “no ha lugar” los recursos de apelación presentados por la Fiscalía y la Procuraduría General de la República (PGR), ratificando así la sentencia emitida el 12 de diciembre de 2023 por el Juzgado de Letras de Privación de Dominio de Bienes de Origen Ilícito con Jurisdicción Nacional.
La resolución inicial había determinado “sin lugar” la acción de privación definitiva del dominio promovida por el Ministerio Público respecto a bienes pertenecientes a Nasry Juan Asfura Zablah, Cinthia Elizabeth Borjas Valenzuela, Nilvia Ethel Castillo Cruz, Wilmer Gerardo Rodríguez López y Oscar Rolando Uriarte Romero.
Asimismo, se ordenó la revocación de las medidas de aseguramiento sobre dichos inmuebles.
Argumentos de la Corte
En su análisis, los magistrados señalaron que no tienen competencia para evaluar la gestión de los fondos de la alcaldía municipal, presuntamente manejados de forma indebida según la tesis del Ministerio Público, ya que este aspecto no está vinculado directamente con las causales de privación de dominio ni con los bienes asegurados.
Además, indicaron que el debate sobre posibles hechos delictivos relacionados con la gestión de fondos excede el marco del proceso de privación de dominio.
La Corte destacó que el Ministerio Público no dirigió adecuadamente su prueba hacia los bienes asegurados ni hacia las causales invocadas, lo que calificaron como una falla en la tramitación del proceso.
Designación de juez natural
Este jueves trascendió que Corte Suprema de Justicia (CSJ) nombró al magistrado Milton Jiménez Puerto como juez natural para conocer el requerimiento fiscal contra Nasry Asfura y otros implicados en el caso de corrupción.
Este nombramiento se produjo después de que la Corte de Apelaciones declinara su competencia al determinar que Nilvia Castillo, una de las acusadas, es diputada del Parlamento Centroamericano (Parlacen) y debe ser procesada bajo un procedimiento especial para altos funcionarios, conforme a la supremacía constitucional.
La Corte de Apelaciones también declaró la nulidad de todas las actuaciones realizadas a partir de la audiencia de declaración de imputado de Asfura y demás acusados, incluyendo Cinthia Borjas, Mario Zerón, Rony López, Wilmer Rodríguez, Roger Ramírez y Óscar Uriarte.
Asimismo, invalidó la resolución dictada por un juez penal que, en octubre, había otorgado medidas sustitutivas a la prisión para los imputados.
Caso Tito Asfura
Estas personas enfrentan cargos por presunta malversación de fondos públicos y lavado de activos, por un monto que asciende a 28 millones de lempiras de la alcaldía capitalina.
Según las investigaciones del Ministerio Público, entre 2017 y 2018 se desvió este dinero a través de “la emisión de 32 cheques” a nombre de Nasry Asfura, Cinthia Borjas y Nilvia Castillo y solicitados al banco administrador del fideicomiso de la alcaldía capitalina bajo la justificación de “fondos rotatorios, fondos especiales y reembolsos de gastos”.
Según la Fiscalía, estos cheques habrían sido “depositados en cuentas personales de los imputados” y posteriormente “egresaron para beneficio de personas naturales y jurídicas” vinculadas al exalcalde capitalino.
Además, la acusación indica que una parte del dinero “fue desviado para financiar campañas políticas, cubrir gastos no oficiales de la alcaldía; pagar tarjetas de crédito de Asfura y sus descendientes, y realizar compras personales, como joyas”.
Además, se conoció que la CSJ designó al juez Milton Jiménez Puerto para conocer la causa contra Nasry ‘Tito’ Asfura y otros implicados en un presunto caso de corrupción en la alcaldía de Tegucigalpa.
La Corte de Apelaciones en materia de Criminalidad Organizada, Medio Ambiente y Corrupción, resolvió, por unanimidad de votos, mantener la decisión de no proceder a la privación de dominio de bienes inmuebles vinculados al exalcalde del Distrito Central, Nasry ‘Tito’ Asfura, y otras cuatro personas acusadas de corrupción, informó el Poder Judicial.
En su fallo, el tribunal de alzada declaró “no ha lugar” los recursos de apelación presentados por la Fiscalía y la Procuraduría General de la República (PGR), ratificando así la sentencia emitida el 12 de diciembre de 2023 por el Juzgado de Letras de Privación de Dominio de Bienes de Origen Ilícito con Jurisdicción Nacional.
La resolución inicial había determinado “sin lugar” la acción de privación definitiva del dominio promovida por el Ministerio Público respecto a bienes pertenecientes a Nasry Juan Asfura Zablah, Cinthia Elizabeth Borjas Valenzuela, Nilvia Ethel Castillo Cruz, Wilmer Gerardo Rodríguez López y Oscar Rolando Uriarte Romero.
Asimismo, se ordenó la revocación de las medidas de aseguramiento sobre dichos inmuebles.
Argumentos de la Corte
En su análisis, los magistrados señalaron que no tienen competencia para evaluar la gestión de los fondos de la alcaldía municipal, presuntamente manejados de forma indebida según la tesis del Ministerio Público, ya que este aspecto no está vinculado directamente con las causales de privación de dominio ni con los bienes asegurados.
Además, indicaron que el debate sobre posibles hechos delictivos relacionados con la gestión de fondos excede el marco del proceso de privación de dominio.
La Corte destacó que el Ministerio Público no dirigió adecuadamente su prueba hacia los bienes asegurados ni hacia las causales invocadas, lo que calificaron como una falla en la tramitación del proceso.
Designación de juez natural
Este jueves trascendió que Corte Suprema de Justicia (CSJ) nombró al magistrado Milton Jiménez Puerto como juez natural para conocer el requerimiento fiscal contra Nasry Asfura y otros implicados en el caso de corrupción.
Este nombramiento se produjo después de que la Corte de Apelaciones declinara su competencia al determinar que Nilvia Castillo, una de las acusadas, es diputada del Parlamento Centroamericano (Parlacen) y debe ser procesada bajo un procedimiento especial para altos funcionarios, conforme a la supremacía constitucional.
La Corte de Apelaciones también declaró la nulidad de todas las actuaciones realizadas a partir de la audiencia de declaración de imputado de Asfura y demás acusados, incluyendo Cinthia Borjas, Mario Zerón, Rony López, Wilmer Rodríguez, Roger Ramírez y Óscar Uriarte.
Asimismo, invalidó la resolución dictada por un juez penal que, en octubre, había otorgado medidas sustitutivas a la prisión para los imputados.
Caso Tito Asfura
Estas personas enfrentan cargos por presunta malversación de fondos públicos y lavado de activos, por un monto que asciende a 28 millones de lempiras de la alcaldía capitalina.
Según las investigaciones del Ministerio Público, entre 2017 y 2018 se desvió este dinero a través de “la emisión de 32 cheques” a nombre de Nasry Asfura, Cinthia Borjas y Nilvia Castillo y solicitados al banco administrador del fideicomiso de la alcaldía capitalina bajo la justificación de “fondos rotatorios, fondos especiales y reembolsos de gastos”.
Según la Fiscalía, estos cheques habrían sido “depositados en cuentas personales de los imputados” y posteriormente “egresaron para beneficio de personas naturales y jurídicas” vinculadas al exalcalde capitalino.
Además, la acusación indica que una parte del dinero “fue desviado para financiar campañas políticas, cubrir gastos no oficiales de la alcaldía; pagar tarjetas de crédito de Asfura y sus descendientes, y realizar compras personales, como joyas”.