Estas son las fechas clave del cronograma electoral en enero de 2025 de cara a las primarias

Estas son las fechas clave del cronograma electoral en enero de 2025 de cara a las primarias

Un total de cinco millones 879 mil 639 ciudadanos podrán ejercer el sufragio en las elecciones primarias, programadas para el 9 de marzo de 2025, según el censo publicado el 24 de diciembre por el CNE.

Ese censo representa 697 mil 203 nuevos votantes en comparación con las elecciones generales de 2021, que registró a cinco millones 182 mil 436 electores.



Source link

A su vez, establece que el último día para realizar propaganda electoral “es el día lunes anterior al día de las elecciones hasta las once horas con cincuenta y nueve minutos (11:59 P.M.) de la noche”.

Un total de cinco millones 879 mil 639 ciudadanos podrán ejercer el sufragio en las elecciones primarias, programadas para el 9 de marzo de 2025, según el censo publicado el 24 de diciembre por el CNE.

Ese censo representa 697 mil 203 nuevos votantes en comparación con las elecciones generales de 2021, que registró a cinco millones 182 mil 436 electores.



Source link

Durante ese periodo, los partidos políticos, sus movimientos internos, sus alianzas, candidatos y candidaturas independientes pueden realizar todo tipo de actividades de distribución y difusión de propaganda electoral mediante la utilización de la televisión, radiodifusoras, centros cinematográficos, periódicos escritos, teléfonos, correo electrónico, revistas, afiches, vallas publicitarias, altoparlantes fijos o móviles, y cualquiera otro sistema o bien privado, señala también la Ley Electoral.

A su vez, establece que el último día para realizar propaganda electoral “es el día lunes anterior al día de las elecciones hasta las once horas con cincuenta y nueve minutos (11:59 P.M.) de la noche”.

Un total de cinco millones 879 mil 639 ciudadanos podrán ejercer el sufragio en las elecciones primarias, programadas para el 9 de marzo de 2025, según el censo publicado el 24 de diciembre por el CNE.

Ese censo representa 697 mil 203 nuevos votantes en comparación con las elecciones generales de 2021, que registró a cinco millones 182 mil 436 electores.



Source link

La Ley Electoral, en su artículo 222, señala que la propaganda electoral “sólo puede ser realizada dentro de los cincuenta (50) días calendarios anteriores a las elecciones primarias”.

Durante ese periodo, los partidos políticos, sus movimientos internos, sus alianzas, candidatos y candidaturas independientes pueden realizar todo tipo de actividades de distribución y difusión de propaganda electoral mediante la utilización de la televisión, radiodifusoras, centros cinematográficos, periódicos escritos, teléfonos, correo electrónico, revistas, afiches, vallas publicitarias, altoparlantes fijos o móviles, y cualquiera otro sistema o bien privado, señala también la Ley Electoral.

A su vez, establece que el último día para realizar propaganda electoral “es el día lunes anterior al día de las elecciones hasta las once horas con cincuenta y nueve minutos (11:59 P.M.) de la noche”.

Un total de cinco millones 879 mil 639 ciudadanos podrán ejercer el sufragio en las elecciones primarias, programadas para el 9 de marzo de 2025, según el censo publicado el 24 de diciembre por el CNE.

Ese censo representa 697 mil 203 nuevos votantes en comparación con las elecciones generales de 2021, que registró a cinco millones 182 mil 436 electores.



Source link

La segunda fecha importante en el cronograma es el 18 de enero, cuando da inicio el periodo de propaganda electoral.

La Ley Electoral, en su artículo 222, señala que la propaganda electoral “sólo puede ser realizada dentro de los cincuenta (50) días calendarios anteriores a las elecciones primarias”.

Durante ese periodo, los partidos políticos, sus movimientos internos, sus alianzas, candidatos y candidaturas independientes pueden realizar todo tipo de actividades de distribución y difusión de propaganda electoral mediante la utilización de la televisión, radiodifusoras, centros cinematográficos, periódicos escritos, teléfonos, correo electrónico, revistas, afiches, vallas publicitarias, altoparlantes fijos o móviles, y cualquiera otro sistema o bien privado, señala también la Ley Electoral.

A su vez, establece que el último día para realizar propaganda electoral “es el día lunes anterior al día de las elecciones hasta las once horas con cincuenta y nueve minutos (11:59 P.M.) de la noche”.

Un total de cinco millones 879 mil 639 ciudadanos podrán ejercer el sufragio en las elecciones primarias, programadas para el 9 de marzo de 2025, según el censo publicado el 24 de diciembre por el CNE.

Ese censo representa 697 mil 203 nuevos votantes en comparación con las elecciones generales de 2021, que registró a cinco millones 182 mil 436 electores.



Source link

La segunda fecha importante en el cronograma es el 18 de enero, cuando da inicio el periodo de propaganda electoral.

La Ley Electoral, en su artículo 222, señala que la propaganda electoral “sólo puede ser realizada dentro de los cincuenta (50) días calendarios anteriores a las elecciones primarias”.

Durante ese periodo, los partidos políticos, sus movimientos internos, sus alianzas, candidatos y candidaturas independientes pueden realizar todo tipo de actividades de distribución y difusión de propaganda electoral mediante la utilización de la televisión, radiodifusoras, centros cinematográficos, periódicos escritos, teléfonos, correo electrónico, revistas, afiches, vallas publicitarias, altoparlantes fijos o móviles, y cualquiera otro sistema o bien privado, señala también la Ley Electoral.

A su vez, establece que el último día para realizar propaganda electoral “es el día lunes anterior al día de las elecciones hasta las once horas con cincuenta y nueve minutos (11:59 P.M.) de la noche”.

Un total de cinco millones 879 mil 639 ciudadanos podrán ejercer el sufragio en las elecciones primarias, programadas para el 9 de marzo de 2025, según el censo publicado el 24 de diciembre por el CNE.

Ese censo representa 697 mil 203 nuevos votantes en comparación con las elecciones generales de 2021, que registró a cinco millones 182 mil 436 electores.



Source link

El séptimo movimiento, Morena, postula al diputado de Libre Rasel Tomé como precandidato. (Además: Rixi Moncada ocupará la primera posición en las papeletas de Libre para las primarias de 2025)

Otra alianza que ha trascendido es a nivel de la alcaldía de San Pedro Sula, entre los movimientos de Libre Somos+ y POR, que respaldan al exsecretario de la Presidencia, Rodolfo Pastor, quien renunció al movimiento M28.

Propaganda electoral

La segunda fecha importante en el cronograma es el 18 de enero, cuando da inicio el periodo de propaganda electoral.

La Ley Electoral, en su artículo 222, señala que la propaganda electoral “sólo puede ser realizada dentro de los cincuenta (50) días calendarios anteriores a las elecciones primarias”.

Durante ese periodo, los partidos políticos, sus movimientos internos, sus alianzas, candidatos y candidaturas independientes pueden realizar todo tipo de actividades de distribución y difusión de propaganda electoral mediante la utilización de la televisión, radiodifusoras, centros cinematográficos, periódicos escritos, teléfonos, correo electrónico, revistas, afiches, vallas publicitarias, altoparlantes fijos o móviles, y cualquiera otro sistema o bien privado, señala también la Ley Electoral.

A su vez, establece que el último día para realizar propaganda electoral “es el día lunes anterior al día de las elecciones hasta las once horas con cincuenta y nueve minutos (11:59 P.M.) de la noche”.

Un total de cinco millones 879 mil 639 ciudadanos podrán ejercer el sufragio en las elecciones primarias, programadas para el 9 de marzo de 2025, según el censo publicado el 24 de diciembre por el CNE.

Ese censo representa 697 mil 203 nuevos votantes en comparación con las elecciones generales de 2021, que registró a cinco millones 182 mil 436 electores.



Source link

En el caso de Libre, seis de los siete movimientos hicieron alianza en la contienda en el nivel presidencial, con la precandidata Rixi Moncada a la cabeza: M28 Poder Para Vos, Nueva Corriente, Somos+, Movimiento Esperanza Libre (MEL), Fuerza de Refundación Popular (FRP) y Pueblo Organizado en Resistencia (POR).

El séptimo movimiento, Morena, postula al diputado de Libre Rasel Tomé como precandidato. (Además: Rixi Moncada ocupará la primera posición en las papeletas de Libre para las primarias de 2025)

Otra alianza que ha trascendido es a nivel de la alcaldía de San Pedro Sula, entre los movimientos de Libre Somos+ y POR, que respaldan al exsecretario de la Presidencia, Rodolfo Pastor, quien renunció al movimiento M28.

Propaganda electoral

La segunda fecha importante en el cronograma es el 18 de enero, cuando da inicio el periodo de propaganda electoral.

La Ley Electoral, en su artículo 222, señala que la propaganda electoral “sólo puede ser realizada dentro de los cincuenta (50) días calendarios anteriores a las elecciones primarias”.

Durante ese periodo, los partidos políticos, sus movimientos internos, sus alianzas, candidatos y candidaturas independientes pueden realizar todo tipo de actividades de distribución y difusión de propaganda electoral mediante la utilización de la televisión, radiodifusoras, centros cinematográficos, periódicos escritos, teléfonos, correo electrónico, revistas, afiches, vallas publicitarias, altoparlantes fijos o móviles, y cualquiera otro sistema o bien privado, señala también la Ley Electoral.

A su vez, establece que el último día para realizar propaganda electoral “es el día lunes anterior al día de las elecciones hasta las once horas con cincuenta y nueve minutos (11:59 P.M.) de la noche”.

Un total de cinco millones 879 mil 639 ciudadanos podrán ejercer el sufragio en las elecciones primarias, programadas para el 9 de marzo de 2025, según el censo publicado el 24 de diciembre por el CNE.

Ese censo representa 697 mil 203 nuevos votantes en comparación con las elecciones generales de 2021, que registró a cinco millones 182 mil 436 electores.



Source link

Mientras que en una alianza parcial “sólo se postulan candidatos comunes en alguno o algunos de los niveles electivos en cualquier departamento o municipio”.

En el caso de Libre, seis de los siete movimientos hicieron alianza en la contienda en el nivel presidencial, con la precandidata Rixi Moncada a la cabeza: M28 Poder Para Vos, Nueva Corriente, Somos+, Movimiento Esperanza Libre (MEL), Fuerza de Refundación Popular (FRP) y Pueblo Organizado en Resistencia (POR).

El séptimo movimiento, Morena, postula al diputado de Libre Rasel Tomé como precandidato. (Además: Rixi Moncada ocupará la primera posición en las papeletas de Libre para las primarias de 2025)

Otra alianza que ha trascendido es a nivel de la alcaldía de San Pedro Sula, entre los movimientos de Libre Somos+ y POR, que respaldan al exsecretario de la Presidencia, Rodolfo Pastor, quien renunció al movimiento M28.

Propaganda electoral

La segunda fecha importante en el cronograma es el 18 de enero, cuando da inicio el periodo de propaganda electoral.

La Ley Electoral, en su artículo 222, señala que la propaganda electoral “sólo puede ser realizada dentro de los cincuenta (50) días calendarios anteriores a las elecciones primarias”.

Durante ese periodo, los partidos políticos, sus movimientos internos, sus alianzas, candidatos y candidaturas independientes pueden realizar todo tipo de actividades de distribución y difusión de propaganda electoral mediante la utilización de la televisión, radiodifusoras, centros cinematográficos, periódicos escritos, teléfonos, correo electrónico, revistas, afiches, vallas publicitarias, altoparlantes fijos o móviles, y cualquiera otro sistema o bien privado, señala también la Ley Electoral.

A su vez, establece que el último día para realizar propaganda electoral “es el día lunes anterior al día de las elecciones hasta las once horas con cincuenta y nueve minutos (11:59 P.M.) de la noche”.

Un total de cinco millones 879 mil 639 ciudadanos podrán ejercer el sufragio en las elecciones primarias, programadas para el 9 de marzo de 2025, según el censo publicado el 24 de diciembre por el CNE.

Ese censo representa 697 mil 203 nuevos votantes en comparación con las elecciones generales de 2021, que registró a cinco millones 182 mil 436 electores.



Source link

Una alianza total es aquella “en que los movimientos políticos internos inscritos postulan los mismos candidatos en todos los niveles electivos y bajo un mismo programa de gobierno, en cuyo caso acreditarán un solo representante ante los organismos electorales”, dice la Ley Electoral en el artículo 191.

Mientras que en una alianza parcial “sólo se postulan candidatos comunes en alguno o algunos de los niveles electivos en cualquier departamento o municipio”.

En el caso de Libre, seis de los siete movimientos hicieron alianza en la contienda en el nivel presidencial, con la precandidata Rixi Moncada a la cabeza: M28 Poder Para Vos, Nueva Corriente, Somos+, Movimiento Esperanza Libre (MEL), Fuerza de Refundación Popular (FRP) y Pueblo Organizado en Resistencia (POR).

El séptimo movimiento, Morena, postula al diputado de Libre Rasel Tomé como precandidato. (Además: Rixi Moncada ocupará la primera posición en las papeletas de Libre para las primarias de 2025)

Otra alianza que ha trascendido es a nivel de la alcaldía de San Pedro Sula, entre los movimientos de Libre Somos+ y POR, que respaldan al exsecretario de la Presidencia, Rodolfo Pastor, quien renunció al movimiento M28.

Propaganda electoral

La segunda fecha importante en el cronograma es el 18 de enero, cuando da inicio el periodo de propaganda electoral.

La Ley Electoral, en su artículo 222, señala que la propaganda electoral “sólo puede ser realizada dentro de los cincuenta (50) días calendarios anteriores a las elecciones primarias”.

Durante ese periodo, los partidos políticos, sus movimientos internos, sus alianzas, candidatos y candidaturas independientes pueden realizar todo tipo de actividades de distribución y difusión de propaganda electoral mediante la utilización de la televisión, radiodifusoras, centros cinematográficos, periódicos escritos, teléfonos, correo electrónico, revistas, afiches, vallas publicitarias, altoparlantes fijos o móviles, y cualquiera otro sistema o bien privado, señala también la Ley Electoral.

A su vez, establece que el último día para realizar propaganda electoral “es el día lunes anterior al día de las elecciones hasta las once horas con cincuenta y nueve minutos (11:59 P.M.) de la noche”.

Un total de cinco millones 879 mil 639 ciudadanos podrán ejercer el sufragio en las elecciones primarias, programadas para el 9 de marzo de 2025, según el censo publicado el 24 de diciembre por el CNE.

Ese censo representa 697 mil 203 nuevos votantes en comparación con las elecciones generales de 2021, que registró a cinco millones 182 mil 436 electores.



Source link

El artículo 190 de la Ley Electoral señala que los movimientos políticos internos pueden formalizar alianzas totales o parciales en su proceso electoral primario o interno, una vez que hayan sido legalmente inscritos.

Una alianza total es aquella “en que los movimientos políticos internos inscritos postulan los mismos candidatos en todos los niveles electivos y bajo un mismo programa de gobierno, en cuyo caso acreditarán un solo representante ante los organismos electorales”, dice la Ley Electoral en el artículo 191.

Mientras que en una alianza parcial “sólo se postulan candidatos comunes en alguno o algunos de los niveles electivos en cualquier departamento o municipio”.

En el caso de Libre, seis de los siete movimientos hicieron alianza en la contienda en el nivel presidencial, con la precandidata Rixi Moncada a la cabeza: M28 Poder Para Vos, Nueva Corriente, Somos+, Movimiento Esperanza Libre (MEL), Fuerza de Refundación Popular (FRP) y Pueblo Organizado en Resistencia (POR).

El séptimo movimiento, Morena, postula al diputado de Libre Rasel Tomé como precandidato. (Además: Rixi Moncada ocupará la primera posición en las papeletas de Libre para las primarias de 2025)

Otra alianza que ha trascendido es a nivel de la alcaldía de San Pedro Sula, entre los movimientos de Libre Somos+ y POR, que respaldan al exsecretario de la Presidencia, Rodolfo Pastor, quien renunció al movimiento M28.

Propaganda electoral

La segunda fecha importante en el cronograma es el 18 de enero, cuando da inicio el periodo de propaganda electoral.

La Ley Electoral, en su artículo 222, señala que la propaganda electoral “sólo puede ser realizada dentro de los cincuenta (50) días calendarios anteriores a las elecciones primarias”.

Durante ese periodo, los partidos políticos, sus movimientos internos, sus alianzas, candidatos y candidaturas independientes pueden realizar todo tipo de actividades de distribución y difusión de propaganda electoral mediante la utilización de la televisión, radiodifusoras, centros cinematográficos, periódicos escritos, teléfonos, correo electrónico, revistas, afiches, vallas publicitarias, altoparlantes fijos o móviles, y cualquiera otro sistema o bien privado, señala también la Ley Electoral.

A su vez, establece que el último día para realizar propaganda electoral “es el día lunes anterior al día de las elecciones hasta las once horas con cincuenta y nueve minutos (11:59 P.M.) de la noche”.

Un total de cinco millones 879 mil 639 ciudadanos podrán ejercer el sufragio en las elecciones primarias, programadas para el 9 de marzo de 2025, según el censo publicado el 24 de diciembre por el CNE.

Ese censo representa 697 mil 203 nuevos votantes en comparación con las elecciones generales de 2021, que registró a cinco millones 182 mil 436 electores.



Source link

Según el cronograma, las alianzas “pueden ser solicitadas desde la presentación de la solicitud de inscripción hasta sesenta (60) días antes de las elecciones primarias”, que se realizarán el 9 de marzo de 2025.

El artículo 190 de la Ley Electoral señala que los movimientos políticos internos pueden formalizar alianzas totales o parciales en su proceso electoral primario o interno, una vez que hayan sido legalmente inscritos.

Una alianza total es aquella “en que los movimientos políticos internos inscritos postulan los mismos candidatos en todos los niveles electivos y bajo un mismo programa de gobierno, en cuyo caso acreditarán un solo representante ante los organismos electorales”, dice la Ley Electoral en el artículo 191.

Mientras que en una alianza parcial “sólo se postulan candidatos comunes en alguno o algunos de los niveles electivos en cualquier departamento o municipio”.

En el caso de Libre, seis de los siete movimientos hicieron alianza en la contienda en el nivel presidencial, con la precandidata Rixi Moncada a la cabeza: M28 Poder Para Vos, Nueva Corriente, Somos+, Movimiento Esperanza Libre (MEL), Fuerza de Refundación Popular (FRP) y Pueblo Organizado en Resistencia (POR).

El séptimo movimiento, Morena, postula al diputado de Libre Rasel Tomé como precandidato. (Además: Rixi Moncada ocupará la primera posición en las papeletas de Libre para las primarias de 2025)

Otra alianza que ha trascendido es a nivel de la alcaldía de San Pedro Sula, entre los movimientos de Libre Somos+ y POR, que respaldan al exsecretario de la Presidencia, Rodolfo Pastor, quien renunció al movimiento M28.

Propaganda electoral

La segunda fecha importante en el cronograma es el 18 de enero, cuando da inicio el periodo de propaganda electoral.

La Ley Electoral, en su artículo 222, señala que la propaganda electoral “sólo puede ser realizada dentro de los cincuenta (50) días calendarios anteriores a las elecciones primarias”.

Durante ese periodo, los partidos políticos, sus movimientos internos, sus alianzas, candidatos y candidaturas independientes pueden realizar todo tipo de actividades de distribución y difusión de propaganda electoral mediante la utilización de la televisión, radiodifusoras, centros cinematográficos, periódicos escritos, teléfonos, correo electrónico, revistas, afiches, vallas publicitarias, altoparlantes fijos o móviles, y cualquiera otro sistema o bien privado, señala también la Ley Electoral.

A su vez, establece que el último día para realizar propaganda electoral “es el día lunes anterior al día de las elecciones hasta las once horas con cincuenta y nueve minutos (11:59 P.M.) de la noche”.

Un total de cinco millones 879 mil 639 ciudadanos podrán ejercer el sufragio en las elecciones primarias, programadas para el 9 de marzo de 2025, según el censo publicado el 24 de diciembre por el CNE.

Ese censo representa 697 mil 203 nuevos votantes en comparación con las elecciones generales de 2021, que registró a cinco millones 182 mil 436 electores.



Source link

Según el cronograma, las alianzas “pueden ser solicitadas desde la presentación de la solicitud de inscripción hasta sesenta (60) días antes de las elecciones primarias”, que se realizarán el 9 de marzo de 2025.

El artículo 190 de la Ley Electoral señala que los movimientos políticos internos pueden formalizar alianzas totales o parciales en su proceso electoral primario o interno, una vez que hayan sido legalmente inscritos.

Una alianza total es aquella “en que los movimientos políticos internos inscritos postulan los mismos candidatos en todos los niveles electivos y bajo un mismo programa de gobierno, en cuyo caso acreditarán un solo representante ante los organismos electorales”, dice la Ley Electoral en el artículo 191.

Mientras que en una alianza parcial “sólo se postulan candidatos comunes en alguno o algunos de los niveles electivos en cualquier departamento o municipio”.

En el caso de Libre, seis de los siete movimientos hicieron alianza en la contienda en el nivel presidencial, con la precandidata Rixi Moncada a la cabeza: M28 Poder Para Vos, Nueva Corriente, Somos+, Movimiento Esperanza Libre (MEL), Fuerza de Refundación Popular (FRP) y Pueblo Organizado en Resistencia (POR).

El séptimo movimiento, Morena, postula al diputado de Libre Rasel Tomé como precandidato. (Además: Rixi Moncada ocupará la primera posición en las papeletas de Libre para las primarias de 2025)

Otra alianza que ha trascendido es a nivel de la alcaldía de San Pedro Sula, entre los movimientos de Libre Somos+ y POR, que respaldan al exsecretario de la Presidencia, Rodolfo Pastor, quien renunció al movimiento M28.

Propaganda electoral

La segunda fecha importante en el cronograma es el 18 de enero, cuando da inicio el periodo de propaganda electoral.

La Ley Electoral, en su artículo 222, señala que la propaganda electoral “sólo puede ser realizada dentro de los cincuenta (50) días calendarios anteriores a las elecciones primarias”.

Durante ese periodo, los partidos políticos, sus movimientos internos, sus alianzas, candidatos y candidaturas independientes pueden realizar todo tipo de actividades de distribución y difusión de propaganda electoral mediante la utilización de la televisión, radiodifusoras, centros cinematográficos, periódicos escritos, teléfonos, correo electrónico, revistas, afiches, vallas publicitarias, altoparlantes fijos o móviles, y cualquiera otro sistema o bien privado, señala también la Ley Electoral.

A su vez, establece que el último día para realizar propaganda electoral “es el día lunes anterior al día de las elecciones hasta las once horas con cincuenta y nueve minutos (11:59 P.M.) de la noche”.

Un total de cinco millones 879 mil 639 ciudadanos podrán ejercer el sufragio en las elecciones primarias, programadas para el 9 de marzo de 2025, según el censo publicado el 24 de diciembre por el CNE.

Ese censo representa 697 mil 203 nuevos votantes en comparación con las elecciones generales de 2021, que registró a cinco millones 182 mil 436 electores.



Source link

El cronograma del Consejo Nacional Electoral (CNE) de cara a las elecciones primarias de 2025 marca dos fechas clave después de las celebraciones de Navidad y Año Nuevo.

La primera es el 8 de enero, cuando finaliza el plazo para solicitar la inscripción de alianzas entre los movimientos internos de los partidos políticos que participarán en las primarias, y que en este caso son el Partido Liberal, el Partido Nacional y el partido Libertad y Refundación (Libre). (Lea también: Así quedan los movimientos del PN en la papeleta para primarias de 2025)

Alianza total o parcial

Según el cronograma, las alianzas “pueden ser solicitadas desde la presentación de la solicitud de inscripción hasta sesenta (60) días antes de las elecciones primarias”, que se realizarán el 9 de marzo de 2025.

El artículo 190 de la Ley Electoral señala que los movimientos políticos internos pueden formalizar alianzas totales o parciales en su proceso electoral primario o interno, una vez que hayan sido legalmente inscritos.

Una alianza total es aquella “en que los movimientos políticos internos inscritos postulan los mismos candidatos en todos los niveles electivos y bajo un mismo programa de gobierno, en cuyo caso acreditarán un solo representante ante los organismos electorales”, dice la Ley Electoral en el artículo 191.

Mientras que en una alianza parcial “sólo se postulan candidatos comunes en alguno o algunos de los niveles electivos en cualquier departamento o municipio”.

En el caso de Libre, seis de los siete movimientos hicieron alianza en la contienda en el nivel presidencial, con la precandidata Rixi Moncada a la cabeza: M28 Poder Para Vos, Nueva Corriente, Somos+, Movimiento Esperanza Libre (MEL), Fuerza de Refundación Popular (FRP) y Pueblo Organizado en Resistencia (POR).

El séptimo movimiento, Morena, postula al diputado de Libre Rasel Tomé como precandidato. (Además: Rixi Moncada ocupará la primera posición en las papeletas de Libre para las primarias de 2025)

Otra alianza que ha trascendido es a nivel de la alcaldía de San Pedro Sula, entre los movimientos de Libre Somos+ y POR, que respaldan al exsecretario de la Presidencia, Rodolfo Pastor, quien renunció al movimiento M28.

Propaganda electoral

La segunda fecha importante en el cronograma es el 18 de enero, cuando da inicio el periodo de propaganda electoral.

La Ley Electoral, en su artículo 222, señala que la propaganda electoral “sólo puede ser realizada dentro de los cincuenta (50) días calendarios anteriores a las elecciones primarias”.

Durante ese periodo, los partidos políticos, sus movimientos internos, sus alianzas, candidatos y candidaturas independientes pueden realizar todo tipo de actividades de distribución y difusión de propaganda electoral mediante la utilización de la televisión, radiodifusoras, centros cinematográficos, periódicos escritos, teléfonos, correo electrónico, revistas, afiches, vallas publicitarias, altoparlantes fijos o móviles, y cualquiera otro sistema o bien privado, señala también la Ley Electoral.

A su vez, establece que el último día para realizar propaganda electoral “es el día lunes anterior al día de las elecciones hasta las once horas con cincuenta y nueve minutos (11:59 P.M.) de la noche”.

Un total de cinco millones 879 mil 639 ciudadanos podrán ejercer el sufragio en las elecciones primarias, programadas para el 9 de marzo de 2025, según el censo publicado el 24 de diciembre por el CNE.

Ese censo representa 697 mil 203 nuevos votantes en comparación con las elecciones generales de 2021, que registró a cinco millones 182 mil 436 electores.



Source link
Estas son las fechas clave del cronograma electoral en enero de 2025 de cara a las primarias

La inscripción de alianzas y la propaganda electoral marcan el cronograma electoral en el primer mes del 2025.

El cronograma del Consejo Nacional Electoral (CNE) de cara a las elecciones primarias de 2025 marca dos fechas clave después de las celebraciones de Navidad y Año Nuevo.

La primera es el 8 de enero, cuando finaliza el plazo para solicitar la inscripción de alianzas entre los movimientos internos de los partidos políticos que participarán en las primarias, y que en este caso son el Partido Liberal, el Partido Nacional y el partido Libertad y Refundación (Libre). (Lea también: Así quedan los movimientos del PN en la papeleta para primarias de 2025)

Alianza total o parcial

Según el cronograma, las alianzas “pueden ser solicitadas desde la presentación de la solicitud de inscripción hasta sesenta (60) días antes de las elecciones primarias”, que se realizarán el 9 de marzo de 2025.

El artículo 190 de la Ley Electoral señala que los movimientos políticos internos pueden formalizar alianzas totales o parciales en su proceso electoral primario o interno, una vez que hayan sido legalmente inscritos.

Una alianza total es aquella “en que los movimientos políticos internos inscritos postulan los mismos candidatos en todos los niveles electivos y bajo un mismo programa de gobierno, en cuyo caso acreditarán un solo representante ante los organismos electorales”, dice la Ley Electoral en el artículo 191.

Mientras que en una alianza parcial “sólo se postulan candidatos comunes en alguno o algunos de los niveles electivos en cualquier departamento o municipio”.

En el caso de Libre, seis de los siete movimientos hicieron alianza en la contienda en el nivel presidencial, con la precandidata Rixi Moncada a la cabeza: M28 Poder Para Vos, Nueva Corriente, Somos+, Movimiento Esperanza Libre (MEL), Fuerza de Refundación Popular (FRP) y Pueblo Organizado en Resistencia (POR).

El séptimo movimiento, Morena, postula al diputado de Libre Rasel Tomé como precandidato. (Además: Rixi Moncada ocupará la primera posición en las papeletas de Libre para las primarias de 2025)

Otra alianza que ha trascendido es a nivel de la alcaldía de San Pedro Sula, entre los movimientos de Libre Somos+ y POR, que respaldan al exsecretario de la Presidencia, Rodolfo Pastor, quien renunció al movimiento M28.

Propaganda electoral

La segunda fecha importante en el cronograma es el 18 de enero, cuando da inicio el periodo de propaganda electoral.

La Ley Electoral, en su artículo 222, señala que la propaganda electoral “sólo puede ser realizada dentro de los cincuenta (50) días calendarios anteriores a las elecciones primarias”.

Durante ese periodo, los partidos políticos, sus movimientos internos, sus alianzas, candidatos y candidaturas independientes pueden realizar todo tipo de actividades de distribución y difusión de propaganda electoral mediante la utilización de la televisión, radiodifusoras, centros cinematográficos, periódicos escritos, teléfonos, correo electrónico, revistas, afiches, vallas publicitarias, altoparlantes fijos o móviles, y cualquiera otro sistema o bien privado, señala también la Ley Electoral.

A su vez, establece que el último día para realizar propaganda electoral “es el día lunes anterior al día de las elecciones hasta las once horas con cincuenta y nueve minutos (11:59 P.M.) de la noche”.

Un total de cinco millones 879 mil 639 ciudadanos podrán ejercer el sufragio en las elecciones primarias, programadas para el 9 de marzo de 2025, según el censo publicado el 24 de diciembre por el CNE.

Ese censo representa 697 mil 203 nuevos votantes en comparación con las elecciones generales de 2021, que registró a cinco millones 182 mil 436 electores.



Source link

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

x
x